viernes, 5 de abril de 2013

Día 72 - Las réplicas de la fiscalía. (3/4)

Una vez que acusadores y defensores terminan sus alegatos, el código procesal habilita las "réplicas", es decir, la refutación de cada parte, en el mismo orden que se alegó, de "los argumentos adversos que antes no hubieran sido discutidos". Esa definición bastante inespecífica hace que el contenido de las réplicas sea discrecionalmente establecido, en cada caso, por el tribunal, a propuesta de las partes, para evitar que la ronda de réplicas se convierta en una reanudación de los alegatos ya finalizados.

En esta jornada, la fiscalía respondió varios pedidos de nulidad que hicieron las distintas defensas, muchos de ellos vinculados a la etapa de instrucción, como la realización de indagatorias a los detenidos mientras la causa estaba en secreto de sumario; los reconocimientos de personas por fotografías o videos; la validez de las escuchas telefónicas o la forma en que se llegó a identificar a uno de los tiradores, Cristian Favale. Con apoyo en los aspectos técnicos, la fiscal Jalbert rechazó cada argumento nulificante de las defensas, y defendió lo actuado por sus colegas instructores.

Otras cuestiones estaban vinculadas al debate, como por ejemplo la articulada por el defensor de Pablo Díaz, que se agravió porque, como su defendido no prestó declaración indagatoria en la sala, se leyó la que aceptó brindar en la etapa de instrucción, tal como lo ordena el código procesal.

También respondió la fiscal un planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, que hicieron varios de los defensores, fundados en doctrina garantista que seguramente ninguno de ellos defendería si los acusados no fueran quienes son. Una vez más, como cuando Jorge Rafael Videla invocaba los pactos internacionales de DDHH en su defensa, en la causa por el secuestro y apropiación de hijos de los compañeros desaparecidos, vemos cómo el oportunismo es el único principio que respeta la burguesía.

En la misma línea, la defensora oficial de Favale había impugnado el uso de datos llegados por llamadas anónimas y las "tareas de inteligencia" policiales que llevaron a ubicar al barra brava. Claro que la policía -federal y bonaerense- hizo algo de lo que habitualmente hace, aunque, claro está, no con el mismo énfasis con que usa informes de buches y otras formas de carne podrida en las causas en que los imputados no son sus amigos o amigos de sus amigos, como era el caso de Favale. De cualquier manera, y la fiscal también lo dijo, había más de un camino convergente hacia "Harry", al que los compañeros sobrevivientes describieron desde el primer día como uno de los tiradores, y reconocieron sin dificultad.

Luego, se refirió al uso en la causa de la figura del "testigo de identidad reservada", luego "protegido", ya que las defensas cuestionaron, al unísono, a Benítez, el "arrepentido" que las dos Cristinas, Fernández y Camaño (primera fiscal de la causa) definieron como "el testigo clave" aportado por el gobierno kirchnerista a través del intendente "Barba" Gutiérrez. Un "testigo", por cierto, cuya imagen se repite en la primera línea de la patota, y que por algo no valoramos en nuestro alegato.

Finalmente, se dedicó la fiscal al "hallazgo" del defensor del oficial Conti, el Dr. Álvarez Berlanda -de larga experiencia como fiscal federal- de definir un operativo policial como "acto político no judiciable", es decir, actividad discrecional del poder ejecutivo que no puede ser revisado por los jueces ni objetado en cuanto a su legalidad o ilegalidad.

Después de que la fiscalía pidiera el rechazo de todas esas cuestiones, terminó la audiencia, con el anuncio de que al día siguiente replicarían las querellas y comenzarían las defensas.

No hay comentarios: